Un palo.


Una de las camisetas utilizadas en la huelga de educación del 24 de octubre de 2013. Fuente:  www.salamancartv.com


Pues, uno lee los objetivos de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) publicados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, así, asépticamente y sonríe, no con sorna ni ironía, sino con sinceridad porque, enumerados uno tras otro, tal como y como se relatan en el comunicado oficial, piensa que estamos en el buen camino –aunque la redacción del punto cuarto pueda resultar, ya de inicio, de compleja digestión-:
1.     Disminuir las tasas de abandono educativo temprano y fracaso escolar.
2.     Mejorar las condiciones para que los jóvenes tengan mejor y más adecuada formación que les permita acceder a un empleo al término de sus estudios.
3.     Disminuir el número de alumnos que repiten curso.
4.     Contribuir a que no haya diferencias entre Comunidades Autónomas.
5.     Mejorar el nivel de conocimientos en áreas prioritarias y señalizar claramente los objetivos de cada etapa.
6.     Modernizar la Formación Profesional.
7.     Incorporar y potenciar las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

Además, según se indica desde las fuentes ministeriales, se articulan en la Ley una serie de medidas, cuyos títulos transcribo en su literalidad a continuación, para llevar a buen puerto dichos fines:
· Flexibilización de las trayectorias educativas.
· Atención personalizada.
· Cultura de la responsabilidad y el esfuerzo.

¡Hombre!, con esos titulares ¿quién podría desconfiar de esta ley? Sin embargo, como buen investigador que soy, y seguramente influenciado por la corriente de malestar y de desconfianza ante la clase política que emponzoña el aire que respiramos, me cargué de valor -para que el señor Ministro Wert no pudiese acusarme de desconocer las fuentes-, y me vi de una sentada las 42 páginas de la presentación explicativa del Proyecto de Ley y me leí las 77 páginas del texto de la misma. Todo un acto memorable y meritorio incluso para alguien acostumbrado a manejar legislación.

De la presentación me van a permitir que omita comentario alguno porque se trata, sencillamente, de un desarrollo, soportado con datos estadísticos y justificaciones más o menos bien trabajadas, de los objetivos pretendidos por la ley y de las medidas que se aportan con la misma. Es decir, que sigue convenciendo, aunque comienzan a vislumbrarse una serie de cuestiones que siembran dudas que, posteriormente, quedan perfectamente aclaradas en el cuerpo del Proyecto de Ley. Solo aportar, como dato, lo sorprendente que me resultó comprobar en el esquema del programa educativo con las asignaturas troncales, las específicas y las de libre configuración “autonómica” –que a priori contradice el objetivo de “Contribuir a que no haya diferencias entre Comunidades”-, la desaparición, a partir de Bachillerato, de la asignatura de “Valores Éticos” entre las específicas (aquellas que pueden seleccionarse con un mínimo y un máximo en cada curso), mientras que la asignatura de “Religión” se mantiene entre estas desde el primer ciclo de la ESO (donde es asignatura obligada, alternativa a “Valores Éticos”, de entre las específicas). Imaginé que, ya en Bachillerato, se considera que los estudiantes han recibido la carga moral de conducta y rectitud necesarias vía “Valores Éticos” o vía “Religión”, pero que, sin embargo, siempre es bueno que puedan seguir absorbiendo enseñanzas de las diferentes religiones y, créanme, esa fue mi reflexión –con religiones en plural-.

Del cuerpo del Proyecto de Ley podría hablar durante horas, con reflexiones, pensamientos, derivadas de la Exposición de Motivos y del articulado que, por cierto, se reduce a uno solo que establece que se trata de una Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, esto es, la LOE, aunque, evidentemente, incluye a continuación una extensísima relación de modificaciones sobre dicha ley para poder rellenar tantas páginas, pero, si quiero que alguien termine de leer este texto, debo controlarme y ofrecer una opinión, que pecará de breve (no tengo margen para el análisis), acerca de los contenidos del Proyecto de Ley.  

Quiero comenzar con la primera frase de la Exposición de Motivos: “Los alumnos son el centro y la razón de ser de la educación”. Se trata de un aforismo hercúleo que debería recalcarse con la palabra “todos”, que por obvio no deja de ser importante recordar, y que solo puede haber nacido de una mente altamente capacitada para legislar en estos menesteres educativos; “faltaría más” añado yo y propongo adicionalmente resaltar la frase con negrita, ya que en caso contrario estaríamos seguros de haber errado el camino. En esta exposición no se olvida el legislador de recurrir a nuestra obsoleta Constitución para justificar lo que se nos viene encima en la educación de nuestros futuros conciudadanos.

Mi opinión con respecto al contenido de la Ley es que se trata de un palo en la línea de flotación de la educación –no en términos globales, donde, desde mi inocencia ciudadana y conocimiento parcial del sector, veo tanto bondades como perversidades en la ley, sino en el detalle, en el oscuro y siniestro detalle, al que intuyo se aferrarán para tergiversar la frase con la que se inicia este Proyecto de Ley-. No es un palo a los contenidos estructurados de la “Arquitectura del Sistema Educativo”, aunque resulte evidente que existen cuestiones discutibles en lo referente a ciertas asignaturas y a la importancia que se da a los ciclos formativos, es un palo a lo que yo conozco, a lo que he vivido y a lo que creo que teníamos en referencia a lo público y que intentaré reflejar en un párrafo que recoge algunas de las cuestiones más preocupantes que he extraído de la Ley: Vamos a permitir la “libertad […] de creación de centro docente […]” (Art. 1.q.) y se incluirán dentro del Sistema Educativo Español “[…] otros agentes, públicos y privados, que desarrollan funciones de regulación […]” (Art. 2.bis.), que intervendrán de forma directa en dicho sistema, lo cual abre las puertas de par en par a la educación privada-concertada, que no tiene por qué ser malo si se mantiene, en términos reales, la opción pública. Es necesario tener en cuenta además, y resulta tremendamente asombroso, que no constituirá discriminación “[…] la admisión de alumnos o la organización de la enseñanza diferenciada por sexos […]”(Art. 84.3.).  De otra parte, para los centros concertados corresponderá al Gobierno “[…] establecer los aspectos básicos a los que deben someterse los conciertos[…]” (Art. 116.2.), lo cual confiere una peligrosa carta blanca al Gobierno de turno para decidir sobre qué hacer con estos centros, asumiendo que corresponde a las “[…] Administraciones educativas promover la especialización curricular de los institutos de educación secundaria sostenidos con fondos públicos […]” (Art. 119.7.) y, por tanto, como es la Administración quien decidirá sobre los aspectos básicos de los conciertos, podrán decidir sobre la dirección de dichos fondos públicos, al igual que ocurrirá con el hecho de que sean las Administraciones educativas las que “[…] potenciarán y promoverán la autonomía de los centros de forma que sus recursos económicos, materiales y humanos puedan adecuarse a los planes de trabajo y organización que elaboren […]” (Art. 120.3.), o con el hecho de que dichas administraciones también“[…] podrán asignar mayores dotaciones de recursos a determinados centros públicos o privados concertados en razón de los proyectos que así lo requieran o en atención a las condiciones de especial necesidad de la población que escolarizan […]”. Preocupa especialmente la potencial arbitrariedad con la que, desde los centros educativos, podrán sus directores “Establecer requisitos y méritos específicos para los puestos ofertados de personal funcionario docente, así como para la ocupación de puestos en interinidad(Art. 122.bis.4.a) y “Rechazar, mediante decisión motivada, la incorporación a puestos en interinidad de personal docente procedente de las listas centralizadas […](Art. 122.bis.4.b). En lo referente a la religión sorprende el hecho de que la “Enseñanza de la Religión” (Disposición adicional segunda), reciba el apellido católica como “[…] de oferta obligatoria para los centros […]” (Disposición adicional segunda. 1.), siendo “[…] los estándares de aprendizaje evaluables […] competencia de las respectivas autoridades religiosas […]” (Disposición adicional segunda. 3.), cuestión esta nada baladí, teniendo en cuenta que España es un estado aconfesional tal y como dice nuestra Constitución. Y, la verdad, tampoco se es demasiado conciliador en lo referente al uso de lenguas cooficiales, en especial en el apartado de financiación, pudiendo el Estado “[…] deducir o retener de los importes satisfechos por todos los recursos de los regímenes de financiación de las Comunidades Autónomas el importe de los gastos de escolarización en centros privados […]” (Disposición adicional tercera).

Resulta imprescindible no olvidar que el citado palo no es solo legislativo, sino también económico, puesto que es complejo entender cómo será posible, sin considerar el Proyecto de Ley como algo milagroso en sí mismo, conseguir los objetivos que se plantea la Ley con los medios que parece querer poner a su disposición, si económicamente recortamos la dotación en educación, con lo que obviamente se beneficia en el ámbito educativo el desarrollo de iniciativas privadas, convirtiendo la educación en un bien de lujo accesible solo a los pudientes económicamente, al menos la educación de excelencia, usando la terminología de la propia Ley.

Una cosa queda bien clara tras los errantes intentos de cada uno de los sucesivos gobiernos por hacer su propia legislación en materia de educación, no tendremos una ley válida en esta materia hasta que sea de todos -por eso entiendo y comparto los motivos de la huelga, por injustificados que puedan parecerles al Gobierno-, y es necesario recalcar este aspecto: todos deberían alcanzar un acuerdo en educación, a no ser que existan intereses espurios que no me atrevo a plantear, incluso aunque sea necesario realizar un sobre esfuerzo; mientras que esto no ocurra seguiremos a la cola del mundo en educación, eso sí con un palo en la mano.



Rubén Cabecera Soriano.



Mérida a 26 de octubre de 2013.

2 comentarios:

  1. Yo prefiero no leermela...
    Confio en que se alinieen los planetas y no entre en vigor, aunque esta la opción B, sin que se alineen los planetas, que dentro de 3-4 años hagan la enésima "corrección de errores" de la LOGSE, la única ley de Educación, que cambia algo significativamente respecto a la anterior.

    Un saludo.

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  2. Pues tal vez esa sea la solución, aunque yo preferiría el consenso de mi párrafo final, ¡de utopías vive el hombre!

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